sábado, 19 de enero de 2008

Perú nuevamente modifica punto de inicio de frontera terrestre Chileno-Peruana

El punto de inicio de la frontera terrestre entre Chile y Perú a sido un verdadero “punto de conflicto” en el último tiempo, debido a que el gobierno peruano, en los últimos años, se ha empeñado en desconocerlo sistemáticamente. Primero fue la Ley de Bases de Dominio Marítimo, durante el gobierno de Toledo, y la Carta de Dominio Marítimo –Sector Sur- aprobada en el gobierno de García, ambos instrumentos objetados formalmente por Chile.

Pero la historia no terminó ahí, puesto que el Perú desconoció nuevamente al Hito Nº1 como el punto de inicio de la frontera terrestre, esta vez, mediante la presentación de un proyecto de ley, aprobado en tiempo record, por el cual se “modificó” los límites de la Provincia de Tacna reemplazando al Hito Nº1 por uno nuevo, el llamado “Punto Concordia”, como el punto de inicio del límite sur de la provincia de Tacna y por ende con Chile.


Modificación de frontera de Provincia de Tacna:

El viernes 11 de enero del presente, a las 21:15 hrs. el presidente peruano Alan García envió al Congreso un proyecto de ley con el carácter de “urgente” con el objeto de “precisar” el límite terrestre con nuestro país y que sería visto por la Comisión Permanente el miércoles 16, según informó el presidente del Congreso.

Dicho proyecto modifica la Ley Nº27.415 de 03 febrero de 2001, promulgada durante el gobierno de Valentín Paniagua, que establece la demarcación territorial de la provincia de Tacna, señalando en su artículo 3º que la provincia de Tacna limita por el suroeste con el Océano Pacífico y que “el límite se inicia en el Hito Nº01 (Océano Pacífico), continúa por la línea litoral hasta la desembocadura de la quebrada Los Mendocinos”, respecto al límite este y sureste indica que “El límite se inicia en... el límite internacional Perú-Bolivia, continua... hasta el Hito Nº80 –frontera Perú-Bolivia-Chile (Tripartito). De este punto el límite continúa por la línea de frontera con la República de Chile desde el Hito Nº80 hasta el Hito Nº01 (Océano Pacífico)”. Como se puede apreciar la norma es “clara como el agua”.

El motivo de la modificación legal, según esgrimió el Perú, radica en que la Ley 27.415 señala “erróneamente” que dicho límite tendría su inicio en el Hito Nº1, situación que había que “corregir”, lo que no deja de resultar curioso por cuanto el artículo 3º indica clara y precisamente que la frontera parte del Hito Nº1, pero lo que en realidad se pretende por medio de esta ley modificatoria es derechamente “correr” el punto de inicio de la frontera en el Hito Nº1, 220 metros más al sur, a lo que ellos llaman “Punto Concordia” a fin de hacerlo coherente y concordante con el punto instituido en la Ley de Base de Dominio Marítimo de 2005 y luego plasmado en la Carta de Dominio Marítimo de 2007.

La exposición de motivos del proyecto de ley enviado por el ejecutivo argumenta que “Habida cuenta del principio jurídico según el cual los tratados vigentes no pueden ser modificados unilateralmente mediante normas internas de una de las partes, el artículo 3 de la Ley Nº27.415 no puede ser interpretado como una modificación de la línea fronteriza solemnemente pactada entre el Perú y Chile mediante el Tratado de 1929 y su demarcación definitiva de 1930, Por consiguiente, resulta conveniente precisar que los límites de la provincia de Tacna con los territorios de las repúblicas de Chile y Bolivia, por el este y el sur-este, así como con el Océano Pacífico por el sur-oeste, tienen su inicio en el punto Concordia”, por ello “el límite (de la Provincia de Tacna con Chile por el este y sur-este) se inicia en el Hito 37 de la frontera internacional Perú-Chile, de este punto el límite continúa por la línea de frontera internacional con la República de Chile hasta el Punto Concordia”, aclarando finalmente que “ni la línea de frontera terrestre con Chile ni el límite del territorio nacional con el Océano Pacífico tienen su inicio en el Hito Nº1 aludido, sino en el Punto de Concordia, definido por la intersección con el océano del arco limítrofe acordado entre Perú y Chile, durante el proceso demarcatorio”.

La ley fue aprobada el miércoles 16 sin debate y por unanimidad de los miembros de la Comisión Permanente del Congreso, inmediatamente después del discurso “patriotero” de García por el que anunció la presentación de la demanda marítima ante La Haya, exonerándosela además de cumplir con la segunda votación. Al día siguiente de su aprobación, jueves 17 enero, el gobierno peruano oficializó la ley modificatoria de la frontera mediante su publicación en el diario oficial “El Peruano”. El congresista Isaac Mekler explicó que la ley de 2001 que establecía al Hito Nº1 como punto de inicio de la frontera se originó en el gobierno de transición de Valentín Paniagua que aprobó una ley que creaba el distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, agregando que “el proyecto... vino del ejecutivo, firmado por Pérez de Cuellar, todo un experto en derecho internacional”. Lo anterior ciertamente da garantías de que los límites estaban correctos y desvirtúa que haya sido un simple “error”.


1. Reacciones en Chile:

a) Alberto Van Klaveren, subsecretario de RR.EE., entrevistado por Canal 13, cuyas declaraciones publicó la prensa de 15 enero expresó respecto al proyecto de ley que “es una precisión que sorprende bastante, un proyecto de ley ingresado el 11 de enero, pocos días antes de la demanda. No deja de llamar la atención que una precisión, que en el fondo es una revisión, se haga justo unos días antes de la presentación de la demanda”. Preguntado por la posibilidad que Perú incluya este punto en su demanda ante La Haya manifestó que “hemos previstos varios escenarios y ese escenario no nos sorprendería”.

b) Alejandro Foxley, Canciller chileno, consultado en varias oportunidades por los medios, según consignó la prensa del 15 de enero, manifestó su confianza en que el proyecto de ley “no tendrá ninguna consecuencia” ante la Corte de La Haya; “no creo que vaya a tener consecuencias, excepto mostrar la contradicción de un país que reconoce un límite por mucho tiempo y minutas antes de presentar su demanda ante La Haya, trata de cambiarlo por un proyecto de ley”. A su juicio el proyecto de ley peruano “nos reafirma que estamos en la tesis correcta cuando decimos que las fronteras terrestres y marítimas han estado fijadas y determinadas por tratados internacionales desde hace mucho tiempo y así fue siempre reconocido por Perú”. Agregó que al gobierno chileno “le llama la atención” la presentación del proyecto ya que “están tratando de modificar una ley que ellos mismos aprobaron y que determinaba con absoluta precisión los límites de la región de Tacna y los del Perú con Chile”. En otra oportunidad expresó; nos llama la atención que a última hora el gobierno de Perú haya enviado al Congreso un proyecto de ley para modificar lo que ellos mismos aprobaron en 2001, que determinaba los límites de la región de Tacna y en la cual se sostenía exactamente lo que Chile dice hasta ahora por lo que en La Haya sólo se mostrara esa contradicción”. En la mañana había señalado respecto a la posible inclusión de la frontera terrestre en la demanda peruana que “estamos preparados para todos los escenarios, incluyendo ese. No vamos a estar comentando cada decisión del gobierno de Perú, pero respecto de este asunto específico es bien curioso y bastante obvio, cuando se intenta revisar un límite terrestre cuatro días antes que ellos presentan su demanda en La Haya”, “es obvio que esto es una revisión y no una precisión como dijeron ellos, y que están tratando de mejorar su posición relativa antes de presentar la demanda, pero no estoy seguro de que eso fortalece su posición. Quien sabe si tal vez la debilita”, “no es así como se determina, según el derecho internacional, la frontera”, explicó que “aquí se ha determinado la frontera hace muchas décadas, no solo por acuerdo entre las partes, por tratados que existen, por actas que se han levantado a las que han asistido representantes del gobierno de Perú. Se han delimitado en terreno, el 68 y 69 se construyeron unas torres de enfilamiento (...), de tal modo que esa es la jurisprudencia que existe”, “esto no se puede cambiar con una ley de último minuto”, finalmente comparando con la postura de Chile sostuvo que “no hemos tenido que recurrir a ninguna argucia para simplemente sostener lo que ha sido la posición histórica de Chile durante varias décadas, y además curiosamente reconocida por Perú. Por eso estamos tranquilos”.

c) Patricio Walker, presidente de la Cámara de Diputados, consultado el 16 de enero, una vez presentada la demanda ante La Haya, señaló que “es un error garrafal que se presente un nuevo proyecto de ley que lo único que hace es debilitar la postura jurídica de Perú”, “y hoy día están borrando con el codo lo que escribieron con la mano”, expresión que no puede ser más gráfica de lo obrado por el Perú. Recordó la ley peruana de 2001 que establecía el Hito Nº1 como inicio del límite, señalando que “ellos están obviando no sólo el compromiso con Chile, sino también lo que ellos mismos legislaron ese año”.


2. Reacciones en Perú:

a) Ántero Flores-Aráoz, ministro de Defensa de Perú, respondiendo a Foxley manifestó que “este proyecto no tiene por qué perjudicar, todo lo contrario –ratifica- es un acto confirmatorio de la demanda”, además agregó que en la Ley de Bases de Dominio Marítimo se incluyó un artículo “que señala claramente que esa línea de base rectificaba cualquier normatividad que pudiera colisionar con la proyección de dicha línea”, “cuando hay disposiciones internas que pudieran tener un error, eso debe rectificarse, en algún momento tenía que corregirse y es mejor hacerlo ahora”.

b) José García Belaunde, Canciller peruano fue entrevistado por el diario La República de miércoles 17 de enero, luego de la presentación de la demanda en La Haya. Respecto al proyecto de ley se le preguntó; ¿Era oportuno que el Perú corrigiera sus límites terrestres con el país sureño precisamente ahora que acudimos a la Haya? R.: Creo que sí. Por una cuestión de orden. Fue un error que se cometió en 2001 y que había que corregir en algún momento. Pero es importante elegir el momento indicado en estos temas. Esta rectificación de último minuto ¿no le quita fuerza a la posición del Perú ante la Corte? R.: Cualquier momento es bueno. Estaba pendiente hacer la corrección, y se hizo. Y en realidad en el momento que presentamos la demanda a la Corte, terminamos de poner la casa en orden.

c) Luis Gonzáles Posada, presidente del Congreso peruano, el jueves 18 de enero también fue entrevistado por La República. En cuanto al proyecto de ley se le pregunto; Algunas voces han señalado que la reciente aprobación de la Ley sobre la Concordia puede ser usada por Chile a su favor ¿No hubiera sido mejor haber visto este tema con anterioridad? R.: El caso anverso de ellos es Arica-Parinacota. Chile tiene el legitimo derecho de usar en su defensa los argumentos que considere necesarios. Nosotros no nos vamos a ofender, como esperamos que Chile no se ofenda porque el Perú levanta con firmeza la bandera de reivindicación de los límites marítimos.

d) Rolando Sousa, en entrevista publicada por La Razón de 19 enero, se le preguntó; ¿Existe el riesgo de que Chile quiera negarle competencia a la Corte señalando que hay una discrepancia en la frontera terrestre porque ellos insisten que comienza en el Hito Nº1 y no en la orilla de mar o Punto Concordia? R.: Chile va hacer uso de lo que llaman cuestión previa. Va a intentar probar de que existe una discrepancia respecto al punto, porque no hay delimitación marítima. Chile va a intentar probar que existe una discrepancia sobre el Hito Nº1 con respecto al Punto Concordia, pero esto no existe porque la línea de frontera terrestre está claramente establecida en el Tratado de 1929. Chile va a intentar probar que esta discrepancia existe y que el mecanismo que debe solucionarlo, antes que la Corte, es el arbitraje a cargo del Presidente de los EE.UU, fijado en el Tratado de 1929 como medio de solución en caso de discrepancias. Pero, la Corte va a tener absolutamente claro de que el Punto Concordia está establecido expresamente en una tratado firmado por ambas partes. Además, no existe antecedentes de que la Corte funde su incompetencia en función a que un organismo menor tenga que decir algo antes que ellos. Chile va hacer uso de todas las excepciones o cuestiones previas posibles para tratar de dilatar este asunto y que esto no colisione con su calendario electoral programado para fines del próximo año. ¿Considera positivo que el gobierno del presidente García haya dispuesto la presentación de un proyecto de ley para modificar la Ley 27.745 del 2001 que reconocía erróneamente el Hito Nº1 como Punto de la Concordia? R.: Yo considero que la modificación de esa ley que se a dado el miércoles 16, a pesar de que nosotros la hemos apoyado y vamos a seguir apoyándola, era inútil e inoportuna. La califico de inútil porque La Haya no va a resolver en base a los actos legislativos internos sea del Perú o Chile, sino por tratados binacionales y en base a la jurisprudencia. Tampoco olvidemos que Chile trato de modificar los límites y el Tribunal Constitucional chileno rectificó este tema declarando inconstitucional esta ley. Es absolutamente inútil porque no lo va a tomar en cuanta y además porque la modificación de esa ley, a pesar de que tiene una imprecisión, esta referida no sólo al Hito Nº1 sino también al Océano Pacífico, que es finalmente el llamado Punto Concordia. Considero que es inoportuno porque esto ha dado lugar precisamente a que Chile haya utilizado esta modificación para hacer entrever mediáticamente ‘debilidades’ de la posición peruana. ¿Esta ley errónea tiene responsables? R.: No debemos olvidar que la imprecisión de esta ley se la debemos a un personaje que nos a causado bastante perjuicios en el tema de la delimitación marítima con Chile, como es el señor Javier Pérez de Cuellar. Hubiese sido mejor en mi criterio no presentar esta precisión, sino mantenernos en lo que estábamos porque se podía interpretar que hacía mención tanto al Hito Nº1 como al Punto Concordia, que es el punto en el Océano Pacífico. ¿Así como esa ley errónea seguramente que hay otras que se dictaron en las décadas del ’50 para adelante, convendría que sean tocadas o anuladas? R.: El Perú tiene por cierto algunas debilidades que no están inmersas dentro de categoría de tratados, que no están en la cúspide de la pirámide legislativa. Evidentemente son actos aislados y personales, que de ninguna manera pueden debilitar la posición peruana que invariablemente se ha seguido desde el año 1980.

e) Juvenal Ordóñez, parlamentario por Tacna y líder del Partido Nacionalista (el de Humala) entrevistado por el diario La República de 19 enero, en su calidad de presidente de la reciente constituida subcomisión del Congreso encargada de seguir la demanda ante La Haya, se le pregunto sobre la ley; Ud. advirtió hace meses que se debía corregir la ley de límites de la Provincia de Tacna, porque tomaba como referencia el Hito Nº1 y no el Punto Concordia, en base al cual se traza nuestro límite terrestre con Chile y también nuestra frontera marítima. ¿Ud. a detectado otro tipo de decisiones como esta? R.: Hay varios actos en los que han incurrido negativamente nuestras autoridades desde 1950 hasta la fecha, por lo menos 6. Hay cancilleres, miembros de comisiones mixtas peruano-chilenas, marinos, miembros de las Fuerzas Armadas, que han firmado actos que no favorecen el interés nacional, y que en algún momento serán exhibidos por Chile. Estas son las debilidades que tiene el Perú en su demanda, pero su fortaleza es mucho más grande... Es decir, la inexistencia de un tratado internacional de límites marítimos con Chile... R.: Efectivamente. Allí es donde se estrellan estas debilidades.


COMENTARIOS:

1. Resulta absolutamente evidente que el objeto de la ley peruana no era el de “precisar” los límites de la Provincia de Tacna, que estaban suficientemente claros en la Ley 27.745, sino que el de “modificarlos” o “alterarlos”, debido a que el Hito Nº1, establecido originalmente, y el “Punto Concordia”, señalado en la nueva ley, tienen una ubicación espacial distinta, tienen distintas coordenadas geográficas. Como simpáticamente grafica la caricatura del diario La Nación insertada al inicio de esta entrada (Publicada cuando Perú aprobó su ley de Líneas de Base) en el fondo se traslada, se mueve, se monta sobre ruedas al Hito Nº1 (punto de inicio de la frontera) y se lo "corre" aproximadamente 220 metros más al sur, en territorio chileno y bajo jurisdicción chilena, que a la fecha sigue ejerciendo plenamente, y si los peruanos no me creen, intenten ir al supuesto Punto Concordia para hacer un castillo de arena en la playa, pero les advierto que los centinelas tienen buena puntería como ya lo demostraron una vez.

2. Es acertado lo señalado por Foxley, quién festino a placer con la modificación legal, en el sentido que únicamente pone en evidencia que la tesis de Chile es la correcta; el punto de inicio del límite terrestre es el HITO Nº1 que esta establecido en el Tratado de 1929 y demarcado en terreno según consta en las actas de las comisiones mixtas chileno-peruanas de 1930 y 1968-69, a tal punto que en el año 2001, es decir a 71 años de levantarse el Hito Nº1, el propio Congreso peruano, por medio de una ley de la República, manifestación por antonomasia de la soberanía nacional, estableció claramente que la frontera terrestre parte del Hito Nº1, lo que demuestra que en todo ese periodo de tiempo hubo total concordancia entre la postura de Chile y Perú, en virtud del reconocimiento expreso y voluntario del último mediante la ley de 2001. Sólo el año 2005, a 75 años de levantarse el Hito Nº1, el gobierno peruano lo desconoce y lo sitúa 220 más al sur mediante la Ley de Bases de Dominio marítimo, y ahora en el 2008, lo hace nuevamente con la ley en comento. La verdad es que argumentar que en el 2001 el Congreso peruano cometió un “error” en la ley, es “POCO SERIO”..., por decir lo menos.

3. Como señaló Foxley, esta ley modificatoria grafica nítidamente la contradicción de la tesis peruana que por décadas reconoce al Hito Nº1 como inicio de la frontera terrestre y luego, cuando quiere acudir a La Haya para modificar la frontera marítima empieza a cambiarlo todo, le entra la amnesia olvidándose del Hito Nº1 y empieza a hablar de un “Punto Concordia”. Por otro lado, si uno observa la tesis de Chile sólo se basa en instrumentos jurídicos ya existentes; los tratados, actas de comisiones mixtas, actos de reconocimiento del Perú y la comunidad internacional, en cambio el gobierno limeño, como acertadamente señaló Foxley, debe recurrir a verdaderos “argucias” para armar su tesis, debe modificar lo acordado y establecido mutuamente con Chile mediante la “creación o elaboración” de “nuevos” instrumentos e incluso modificar sus propios actos, así ha debió dictar nuevas leyes o modificar las existentes, confeccionar mapas que cambian lo establecido e incluso hacer desaparecer uno de los faros por el que se señalizaba el “paralelo limítrofe”, en realidad, en los últimos tres años el Perú a debido “FABRICAR” su tesis, a diferencia de Chile que solo “exhibe” instrumentos existentes desde larga data.

4. Otro punto que llama la atención es la oportunidad escogida; presentado entre “gallos y media noche” 4 días antes de presentar la demanda ante La Haya (miércoles 16 enero) y aprobado ese mismo día, lo que revela una cuota importante de improvisación y desproligidad puesto que da la impresión que una vez que estaba todo coordinado y preparado para presentar la demanda a La Haya, alguien se percató que en ésta se hacía mención a que la frontera partía del “Punto Concordia”, pero la Ley 27.745, que establece los límites de la Provincia de Tacna, señalaba que la frontera se inicia en el Hito Nº1, una contradicción evidente y bastante incomoda de explicar en la Corte, por lo que a la carrera armaron este proyecto de ley que de forma cantinflesca pretende explicar lo inexplicable; “precisar” que la frontera parte del “Punto Concordia” y no del Hito Nº1 como claramente y sin dejar margen para dudas señala dicha ley.

5. En cuanto a argumentar que la Ley 27.745 adolecía de “error” es algo poco creíble. Además, como señaló Rolando Sousa y Juvenal Ordóñez desde la década del ’50 en adelante se han cometido VARIOS ERRORES en instrumentos jurídicos de variada naturaleza, pero hay que ser realistas y honestos, ¿realmente se puede hablar livianamente de ERRORES?; en un tema medular para un Estado como son las fronteras con sus vecinos, en actos emanados de poderes del Estado. Quizás, forzando mucho los argumentos y haciendo un gran acto de buena fe, tal vez se puede aceptar que en uno de ellos hubo un ERROR, pero cuando los actos son VARIOS, espaciados en el tiempo, contestes entre sí y con los del país vecino, NO se puede hablar de errores, sino de una CONSTANTE, de una TENDENCIA uniforme reveladora de una aceptación voluntaria de una realidad asumida y respetada por mucho tiempo.



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2 comentarios:

Anónimo dijo...

calla hijo de mil putas la reocncha d etu madre la qu ete pario ua puta que llego a peru y todos se l acaharon huevonado de mierda nosabes donde estas parado y estas que hablas de la guerra con chile tardo hijo de remilpura roto de mierda chie es un aporuqeria qu ewater ni se lo lleva jajajajajaja cojudasos

Anónimo dijo...

se ve que opinan mucho en tu blog =O, veo que no sabes nada de historia, ponte a leer awevado xD